Las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social son distintas a las de un banco: la Administración no necesita un juez para embargarte. Por eso son las que más urge ordenar, sobre todo si eres autónomo.
Qué pasa si no pagas
- Recargos. Hacienda cobra recargos si pagas tarde, y si la deuda pasa a vía de apremio se suman recargos más altos e intereses de demora. La Seguridad Social aplica los suyos.
- Embargo. Pueden embargarte cuentas, nómina, devoluciones de impuestos o bienes, respetando la parte inembargable del sueldo. Te lo explicamos en cómo evitar el embargo de tu cuenta, y puedes calcular la tuya con la calculadora de embargo de nómina.
- Sin certificado de estar al corriente. Sin él no puedes optar a muchas subvenciones ni a contratos públicos, y los bancos lo tienen en cuenta.
Opción 1: aplazar o fraccionar la deuda con Hacienda
Puedes pedir a la Agencia Tributaria que te deje pagar más tarde (aplazamiento) o a plazos (fraccionamiento).
- Hasta 50.000 euros de deuda no tienes que aportar garantías.
- Las personas físicas pueden conseguir hasta 24 plazos mensuales por la vía rápida, y la solicitud se resuelve casi al momento en la sede electrónica.
- Se pagan intereses de demora por el tiempo aplazado.
- Si dejas de pagar un plazo, se cancela el aplazamiento y la deuda vuelve a ejecutarse con recargos.
- No se pueden aplazar las retenciones de IRPF que hayas practicado ni, salvo excepciones, el IVA que hayas cobrado a tus clientes.
Opción 2: aplazar la deuda con la Seguridad Social
La Tesorería General de la Seguridad Social también permite aplazar deudas, con un plazo máximo de cinco años. Se pide por internet en Import@ss. Mientras cumplas el calendario y pagues las cuotas nuevas, se te considera al corriente. Desde agosto de 2026 no hace falta aportar garantías para deudas de hasta 150.000 euros. Lo que no se puede aplazar son las cuotas que se descuentan a los trabajadores ni las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Opción 3: reunificar con una garantía
Si tienes vivienda en propiedad, puedes pedir un préstamo con garantía hipotecaria que pague de golpe la deuda pública y el resto de tus deudas, y pasar a una sola cuota a más plazo. Tiene sentido cuando:
- Además de Hacienda o la Seguridad Social, tienes préstamos o tarjetas.
- Las cuotas del aplazamiento son demasiado altas para tu mes a mes.
- Ya hay embargos o recargos que se acumulan.
Si ya hay un embargo anotado en el Registro sobre tu vivienda, la deuda se paga en la misma firma con el nuevo préstamo y después se tramita la cancelación del embargo en el Registro. Lo explicamos para tu caso en préstamos y reunificación para autónomos.
Aplazar o reunificar: cómo elegir
| Aplazamiento | Reunificación con garantía | |
|---|---|---|
| Para quién | Deuda pública puntual que puedes pagar en poco tiempo | Varias deudas, públicas y privadas, o cuotas que no puedes asumir |
| Plazo | Corto: meses o pocos años | Largo, según la garantía |
| Necesitas | Estar al día con lo nuevo y cumplir los plazos | Una vivienda propia o de un aval |
| Resultado | Una cuota más para la deuda pública | Una sola cuota para todo |
¿Y la Ley de Segunda Oportunidad?
Permite cancelar deudas si no puedes pagarlas, pero la deuda pública solo se perdona en parte: del principal que debes a cada administración (Hacienda, Seguridad Social u otras) se cancelan los primeros 5.000 euros y la mitad de lo que pase de ahí, con un máximo de 10.000 euros por acreedor. Desde febrero de 2026, el Tribunal Supremo admite además cancelar del todo los recargos, intereses y sanciones, salvo las muy graves. Si tu deuda pública es mayor y tienes vivienda, reunificar suele ser mejor camino. Más en la Ley de Segunda Oportunidad.
Preguntas frecuentes
¿Puedo aplazar una deuda con Hacienda sin aval?
Sí, si la deuda no supera los 50.000 euros. Las personas físicas pueden obtener hasta 24 plazos mensuales por la vía rápida, pagando intereses de demora.
¿Cuánto tiempo puedo aplazar una deuda con la Seguridad Social?
Como máximo cinco años. Se solicita en Import@ss y no se piden garantías hasta 150.000 euros. Hay que cumplir los plazos y seguir pagando las cuotas corrientes.
¿Un préstamo puede pagar mi deuda con Hacienda?
Sí. Con una vivienda como garantía, un préstamo puede cancelar la deuda pública y el resto de tus deudas en la firma, dejándote una sola cuota.
¿Eres autónomo y las deudas se acumulan?
Estudiamos gratis si podemos pagar Hacienda, la Seguridad Social y el resto de tus deudas con una sola cuota.
Ver opciones para autónomos →Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento jurídico ni financiero. Cada caso depende de tu situación concreta y de la normativa vigente en cada momento; consúltanos tu caso o acude a un profesional para valorarlo.
Fuentes
- Agencia Tributaria: aplazamiento y fraccionamiento de deudas
- Orden HFP/311/2023: límite de 50.000 euros sin garantía para aplazar deudas tributarias (BOE)
- Seguridad Social (Import@ss): aplazamiento del pago de deudas
- Real Decreto 643/2026: aplazamiento de deudas con la Seguridad Social (BOE)
- Texto refundido de la Ley Concursal, exoneración del pasivo insatisfecho (BOE)
Revisado el 30 de septiembre de 2026. Revisamos esta guía cada tres meses para que siga al día con la normativa.