Intermediarios de crédito inscritos en el Banco de España · Nº D226

Extinción de condominio para quedarte la vivienda

Quédate tú con la casa y paga la parte del otro, sin descapitalizarte.

Cuando una vivienda es de dos y uno quiere quedársela —por una separación, un divorcio o una herencia—, la extinción de condominio es la forma más limpia y barata de resolverlo. Nosotros conseguimos y comparamos la financiación para que puedas pagar la parte del otro copropietario y quedarte tú con el 100%. Estudio gratis y sin compromiso.

Financiamos la parte del otro copropietario Registrados en el Banco de España (D226)

¿Qué es la extinción de condominio?

Es el proceso por el que una propiedad que pertenece a varias personas a la vez (lo que se llama proindiviso) pasa a ser de una sola. Quien se queda la vivienda compensa económicamente a la otra parte por el valor de su porcentaje. En lugar de vender la casa y repartir, uno la conserva y el otro cobra su parte y sale de la propiedad.

Te quedas tú con la casa

No hay que vender ni buscar comprador: la vivienda sigue siendo tuya al 100%, con tu vida y tu hipoteca en un solo nombre.

El otro cobra y sale

La otra persona recibe el valor de su parte y deja de figurar en la propiedad y, si estaba, en la hipoteca.

¿Cuándo se usa una extinción de condominio?

Casi siempre aparece en tres situaciones. En todas, lo que suele faltar es el dinero para pagar al que sale: ahí entramos nosotros.

Separación o divorcio

Uno de los dos se queda la vivienda común y compensa al otro por su mitad. Es la vía más habitual para no tener que vender la casa.

Herencia entre hermanos

Varios herederos reciben una vivienda en común y uno quiere quedársela pagando a los demás su parte, en lugar de venderla entre todos.

Compra conjunta que se deshace

Pareja, familiares o socios que compraron juntos y ahora uno quiere salir. El que se queda le paga su porcentaje.

¿Por qué suele salir más barata que vender la mitad?

Por los impuestos. La extinción de condominio no se trata como una compraventa: en vez del ITP que se paga al comprar la parte del otro, tributa por Actos Jurídicos Documentados (AJD), que es bastante más bajo.

Extinción de condominio (AJD)

  • Tributa por AJD, orientativo en torno a 0,5%–1,5% según la comunidad autónoma.
  • Solo sobre el valor de la parte que se adjudica, no sobre el total.
  • Un único titular y una única hipoteca al terminar.

Vender la parte (ITP)

  • Como compraventa, el ITP se mueve (orientativo) en torno al 6%–10%.
  • Más gravoso para quien se queda la vivienda.
  • El tratamiento fiscal exacto depende de tu comunidad y de tu caso.

Los porcentajes son orientativos y varían por comunidad autónoma y situación. No es asesoramiento fiscal: confírmalo con tu asesor o con el notario antes de firmar.

Cómo financiamos tu extinción de condominio

Nuestra parte es la financiera: que consigas el dinero para pagar al otro copropietario, con la cuota más baja posible. Lo hacemos así:

1 · Estudiamos tu caso

Valor de la vivienda, hipoteca pendiente y cuánto hay que pagar a la otra parte. Con eso vemos qué financiación te encaja.

2 · Comparamos entidades

Buscamos y negociamos entre varios bancos la mejor operación: subrogación y ampliación de la hipoteca, o una hipoteca nueva a tu nombre.

3 · Sumamos otras deudas (opcional)

Si te interesa, aprovechamos para reunificar otras deudas en la misma operación y dejar todo en una sola cuota.

4 · Firma ante notario

Coordinamos con la notaría el día de la firma de la escritura de extinción de condominio y la constitución de la hipoteca.

Simulador de la cuota

Haz números de la cuota que tendrías al financiar la parte del otro copropietario. Es orientativo; el cálculo exacto lo hacemos en tu estudio gratuito.

Cálculo por sistema de amortización francés (cuota constante). Con garantía hipotecaria, el plazo puede llegar a 30–35 años. El TIN real depende de tu perfil y de la tasación. Valores orientativos.

Cuota estimada al mes · TIN · TAE Quiero mi cuota exacta

TIN y TAE estimados solo para esta simulación, no vinculantes. La concesión y las condiciones dependen del estudio, la tasación y la aprobación de la entidad.

Preguntas frecuentes · extinción de condominio

¿Qué es la extinción de condominio?
Es disolver una propiedad que está a nombre de varias personas (proindiviso) para que se la quede una sola, que compensa económicamente a la otra por su parte. Es muy habitual en separaciones y divorcios y en herencias entre hermanos.
¿Cuántos impuestos se pagan? ¿Es más barata que vender la mitad?
Suele salir más económica: la extinción de condominio tributa por Actos Jurídicos Documentados (AJD), no por el ITP de una compraventa. El AJD (orientativo, ~0,5%–1,5% según comunidad autónoma) es bastante menor que el ITP de vender la parte (~6%–10%). El tratamiento fiscal exacto depende de tu comunidad y de tu caso; conviene confirmarlo con tu asesor o notario.
¿Puedo hacerla si la vivienda todavía tiene hipoteca?
Sí. Lo habitual es que quien se queda la casa asuma el 100% de la hipoteca (subrogación) y, si hace falta dinero para pagar al otro, se amplía o se monta una operación nueva. Nosotros preparamos y comparamos esa financiación por ti.
¿Vosotros hacéis el trámite en la notaría?
La extinción de condominio se firma en escritura pública ante notario. Nosotros nos encargamos de la parte financiera —conseguir y comparar el préstamo o la hipoteca para que puedas pagar la parte del otro— y coordinamos con la notaría el día de la firma.

¿Tienes que resolver una casa en común?

Cuéntanos tu situación —separación, herencia o compra conjunta— y te decimos cómo financiar la extinción de condominio y con qué cuota. Gratis y sin compromiso.